Feriado el 1 de Mayo y asueto el 2 para el Estado en Nicaragua - Radio Ometepe

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miércoles, 23 de abril de 2014

Feriado el 1 de Mayo y asueto el 2 para el Estado en Nicaragua

END -La Ministra del Trabajo en uso de las facultades que le confieres la leyes emite el comunicado que declara el Primero de Mayo como feriado nacional obligatorio con derecho a descanso y salario y en el caso de los trabajadores del Estado el día viernes 2 de mayo asueto a cuenta de vacaciones, el cual literalmente dice:



COMUNICADO

La Ministra del Trabajo en uso de las facultades que le confiere la Ley 290, el Código del Trabajo en sus artículos 66 y 264, inciso d)

HACE SABER: A todos los empleadores y trabajadores del país lo siguiente:

PRIMERO: Que el día Jueves Primero de Mayo del presente año, se celebra el día Internacional de las y los Trabajadores, fecha de gran trascendencia histórica para el movimiento obrero.

SEGUNDO: Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 66 del Código del Trabajo, el día Jueves Primero de Mayo es FERIADO NACIONAL, OBLIGATORIO CON DERECHO A DESCANSO Y SALARIO para todos las y los trabajadores del país.

TERCERO: Se declara asueto a cuenta de vacaciones para todas las y los trabajadores del Estado, el viernes dos de mayo del año en curso. Los empleadores privados podrán convenir con sus trabajadores el descanso o no, del día viernes dos de mayo.

Se exceptúan las actividades que no puedan interrumpirse por encontrarse dentro de los casos previstos en el artículo 69 del Código del Trabajo, así como aquellas empresas que por sus características están afectadas por el presente ciclo agrícola.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de Abril del año 2014.

Dra. Alba Luz Torres Ministra del Trabajo

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